Manual Ambiental y Social
Establece los mecanismos y procedimientos ambientales y sociales aplicables para la preparación, evaluación, ejecución y seguimiento de los proyectos del PROSAP. [ ver Manual Ambiental y Social ]
PROCEDIMIENTOS DE CONSULTA PÚBLICA PARA PROYECTOS PROSAP
De acuerdo a sus características ambientales y sociales los Proyectos PROSAP pueden ser identificados y clasificados con las categorías A, B o C.
[ ver Clasificación Ambiental y Social de Proyectos adoptada por el PROSAP ]
Los Proyectos clasificados como A o B requieren para su aprobación un procedimiento de consulta pública por el cual se pone a consideración de la población el Documento de Proyecto y la Evaluación de Impacto Ambiental correspondiente.
El objetivo de este proceso es asegurar que las comunidades involucradas estén adecuadamente informadas sobre las características de los Proyectos y que puedan exponer sus puntos de vista, dudas e inquietudes a efectos de que sean considerados en el diseño de los mismos.
En los casos de provincias que tienen legislación con procedimientos definidos en materia de Consulta Pública, el mecanismo provincial será aplicado asegurando siempre el cumplimiento de los procedimientos previstos por el Manual Ambiental y Social del PROSAP.
Los proyectos categorizados como
A requieren completar
dos instancias de consulta pública, una temprana al inicio de la formulación y otra cuando el Documento de Proyecto y la Evaluación de Impacto Ambiental esté finalizada.
Consulta pública temprana: Debe convocarla el organismo provincial responsable del Proyecto durante la etapa inicial de la preparación. La convocatoria pública debe realizarse anunciando, a través de un medio local idóneo, que se pone a disposición para la consulta por parte de los interesados, y por un plazo no menor a 21 días, la Ficha Ambiental del Proyecto y los documentos que estén disponibles de acuerdo a la etapa de preparación en el que esté. En dicho aviso debe constar la dirección y horario para consultar los documentos.
Una vez cumplido el plazo de los 21 días debe realizarse la reunión de Consulta Pública de la cual se elaborará un acta constando fecha y lugar de la reunión, nombre y firma de los presentes, los temas tratados y las consideraciones vertidas en la reunión. Esta reunión puede ser convocada a través del mismo aviso en el que se informa que se pone a disposición para consulta del público los documentos del Proyecto o a través de un nuevo aviso una vez finalizado el plazo de los 21 días.
La Unidad Ejecutora Provincial UEC debe remitir a la Unidad Ambiental y Social UAS del PROSAP con copia de los avisos publicados, de las actas elaboradas y fotografías de la reunión.
Consulta Pública final: La segunda instancia de consulta pública debe realizarse una vez elaborada la Evaluación de Impacto Ambiental y Social EIAS del Proyecto y en ella se pone a consideración el Documento de Proyecto y la EIAS finalizada.
La consulta pública debe ser convocada por el organismo provincial responsable del Proyecto, anunciando a través de un medio local idóneo que se pone a disposición para la consulta por parte de los interesados, y por un plazo no menor a 21 días el Documento de Proyecto y la Evaluación de Impacto Ambiental finalizada. En dicho aviso debe constar la dirección y horario en que la población puede consultar los documentos mencionados.
Una vez cumplido el plazo de los 21 días debe realizarse la reunión de Consulta Pública de la cual se elaborará un acta constando fecha y lugar de la reunión nombre y firma de los presentes, los temas tratados y las consideraciones vertidas en la reunión. Esta reunión puede ser convocada a través del mismo aviso en el que se informa que se pone a disposición para consulta del público los documentos del proyecto o a través de un nuevo aviso una vez finalizado el plazo de los 21 días.
La Unidad Ejecutora Provincial debe remitir a la Unidad Ambiental y Social del PROSAP copia de los avisos publicados, de las actas elaboradas y fotografías de la reunión.
Para mayor detalle puede consultar los incisos 42, 43 72 y 73 del Manual Ambiental y Social del PROSAP.
[ ver Manual Ambiental y Social ]
[ descargar modelo de Aviso de Convocatoria a Consulta Pública ]
Los proyectos categorizados como
B requieren completar una instancia de consulta pública en la cual debe ponerse a consideración de la población el documento de Proyecto y la Evaluación de Impacto Ambiental y Social finalizada.
La consulta pública debe ser convocada por el organismo provincial responsable del Proyecto, anunciando a través de un medio local idóneo que se pone a disposición para la consulta por parte de los interesados, y por un plazo no menor a 21 días, el documento del proyecto y la Evaluación de Impacto Ambiental. En dicho aviso debe constar la dirección y horario en que la población puede consultar los documentos mencionados.
Una vez cumplido el plazo de los 21 días debe realizarse la reunión de Consulta Pública de la cual se elaborará un acta constando fecha y lugar de la reunión, nombre y firma de los presentes, los temas tratados y las consideraciones vertidas en la reunión. Esta reunión puede ser convocada a través del mismo aviso en el que se informa que se pone a disposición para consulta del público los documentos de Proyecto o a través de un nuevo aviso una vez finalizado el plazo de los 21 días.
La Unidad Ejecutora Provincial debe remitir a la Unidad Ambiental y Social del PROSAP copia de los avisos publicados, de las actas elaboradas y fotografías de la reunión.
Para mayor detalle puede consultar los incisos 42, 72 y 73 del Manual Ambiental y Social del PROSAP.
[ ver Manual Ambiental y Social ]
[ descargar modelo de Aviso de Convocatoria a Consulta Pública ]